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Somos un Grupo Empresarial líder en Latinoamérica comprometido con el desarrollo sostenible y la creación de valor a los accionistas, el medio ambiente, la sociedad, nuestros clientes y colaboradores, a través del manejo integral de residuos y la gestión de integridad mecánica.
Consolidarnos en mínimo 3 países de América Latina como un Grupo Empresarial enfocado en la excelencia operacional y descarbonización de los procesos para la gestión integral de residuos y servicios de integridad mecánica.
El Grupo Empresarial ATP[1] está comprometido con proveer soluciones integrales en todo lo relacionado con la gestión integral de residuos desde la generación, valorización, tratamiento y disposición final; inspección y control de la corrosión, gestión de integridad de instalaciones petroleras e industriales; prestación de servicios, asesorías y consultorías a los sectores petroleros, petroquímicos e industriales; enmarcadas en un Sistema Integral de Gestión de Calidad, Ambiente, de nuestras operaciones y en la Seguridad y Salud en el Trabajo con nuestros grupos de interés, bajo los siguientes compromisos:
· Dar cumplimiento a los requisitos legales técnicos, administrativos y procedimentales aplicables en materia de calidad, ambiente, seguridad y salud en el trabajo aplicables a los servicios prestados por nuestro Grupo Empresarial, así como desde los programas voluntarios y todas aquellas actuaciones que se suscriban en el marco del objeto social de la organización.
· Propiciar y gestionar estrategias tendientes a la preservación y cuidado del medio ambiente mediante actuaciones y obligaciones que establezcan una adecuada gestión dentro de la organización, priorizando acciones para la mitigación del cambio climático como la reducción de emisiones GEI, la compensación e inclusión de procesos y tecnologías que permitan fortalecer la economía circular, la valorización de los residuos y el aprovechamiento en nuevos productos y generación de energía.
· Propender, gestionar y concientizar sobre la prevención de la seguridad y asegurar escenarios sobre el cuidado y autocuidado de la salud en el trabajo, la integridad física y mental de todos los actores que desarrollan actividades por vocación de la organización, proporcionando condiciones de trabajo seguras y saludables para la mitigación de riesgos en el trabajo y acudiendo a una cultura de prevención de lesiones, enfermedades laborales, incidentes y/o accidentes que generen un deterioro o afectación a la salud en dirección y ejecución con el trabajo, mediante la gestión adecuada de peligros y riesgos asociados a las actividades que desarrollamos, enfatizando el compromiso con la vida.
· Procurar en toda medida la mejora continua ante los resultados de los procesos del Sistema Integral de Gestión CASST para establecer como criterio diferenciador el cumplimiento de las expectativas de nuestros clientes y demás partes interesadas, bajo cánones, de orden y gestión adecuadas con orientación al cumplimiento de un servicio enmarcado por la satisfacción basado en la eficiencia y eficacia operacional de cara a nuestros grupos de interés.
· Aplicar, generar, propiciar medidas tendientes a un ambiente laboral acorde a los valores de respeto, inclusión, ayuda mutua y solidaridad mitigando y erradicando cualquier práctica o acción que promueva tratos indignos o discriminatorios o que atenten contra la cultura organizacional, enmarcada en los lineamientos de prevención del acoso laboral al interior de nuestro grupo empresarial y de la relación interpersonal entre todos nuestros colaboradores.
· Establecer, enmarcar, divulgar y gestionar los recursos necesarios para el establecimiento, implementación, mantenimiento y mejoramiento continuo del Sistema Integral de Gestión desde la Calidad, Medio Ambiente, la Seguridad y Salud en el trabajo en todas las actividades realizadas.
· Crear escenarios y medios de participación y consulta de los trabajadores, así como proveedores, clientes y partes interesadas sobre los mecanismos y elementos que componen el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, así como los procedimientos aplicables por la organización a través del personal CASST.
· Promover una cultura de protección, cuidado y preservación de la propiedad, planta y equipos, tanto propios como del cliente y/o partes interesadas.
· Promover la aplicación de la política por parte del personal que está bajo responsabilidad directa e indirecta de cada una de las empresas que hacen parte del Grupo Empresarial ATP, garantizando su divulgación, entendimiento y disponibilidad a clientes y demás partes interesadas.
Ing. Efraín Pérez Morales
Presidente
Fecha de revisión: 01 de Noviembre de 2024
[1] El Grupo Empresarial ATP está conformado por las empresas ATP INGENIERIA SAS EN REORGANIZACIÓN, ATP INTEGRIDAD Y CORROSIÓN SAS; PLUS AMBIENTE SAS ESP, DITSA AMBIENTAL SAC, ATP INGENIERIA ECUADOR CIA LTDA, ATP INGENIERIA PERU SAC; como grupo empresarial poseemos visiones y valores corporativos unificados, para hacer de nuestros servicios un modelo de gestión en Calidad, Ambiente, Seguridad y Salud en el Trabajo (CASST).
El Grupo Empresarial ATP[1] es consciente que el abuso en el consumo de alcohol, el consumo de sustancias alucinógenas, enervantes o que creen dependencia, produce efectos dañinos sobre la seguridad, eficiencia y productividad de sus procesos. Por ello y en aras de cumplir su compromiso con la vida, establecen la siguiente política de no alcohol, tabaco y sustancias psicoactivas de obligatorio cumplimiento para todos los colaboradores, contratistas y subcontratistas de la organización:
· Con el ánimo de mejorar el desempeño laboral y el fomento de los hábitos y estilos de vida saludable, la organización promueve actividades de sensibilización y de capacitación para los trabajadores, contratistas y temporales que buscan la creación de hábitos y estilos de vida saludables en relación con el daño que causa el cigarrillo, bebidas alcohólicas y/o energizantes y sustancias psicoactivas que afectan la salud del individuo y su entorno.
· Las directrices de esta política se definirán siempre cumpliendo los requisitos legales establecidos en la legislación nacional y/o internacional en donde la organización preste sus servicios, garantizando el derecho a la intimidad y buen nombre de los colaboradores.
· Está prohibido presentarse al cumplimiento de sus actividades, funciones y/o tareas bajo el efecto de sustancias psicoactivas, incluidas bebidas alcohólicas o energizantes u otras que afecten el funcionamiento adecuado del desempeño laboral.
· Se prohíbe la posesión, distribución y venta de alcohol y/o sustancias psicoactivas ilegales en las instalaciones del Grupo Empresarial ATP.
· Se asegurará la aplicación de esta política, mediante la realización de pruebas aleatorias de alcohol durante diferentes etapas de los procesos como requisito para continuar la ejecución de las labores.
· Cualquier resultado positivo de las pruebas, dará lugar a la suspensión inmediata de las labores por parte de los colaboradores, contratistas o subcontratistas y se procederá al establecimiento de sanciones establecidas en los reglamentos y/o legislación respectiva.
El incumplimiento de las directrices establecidas esta política y de las reglas o normas que se deriven de ella, es condición de empleabilidad y contratación de la empresa; así como de la continuidad de las relaciones comerciales con contratistas y subcontratistas.
Esta política será divulgada y socializada con todos los trabajadores, contratistas y subcontratistas que hacen parte del Grupo Empresarial ATP.
Ing. Efraín Pérez Morales
Presidente
Fecha de revisión: 28 de junio de 2024
[1] El Grupo Empresarial ATP está conformado por las empresas ATP INGENIERIA SAS EN REORGANIZACIÓN, ATP INTEGRIDAD Y CORROSIÓN SAS; PLUS AMBIENTE SAS ESP, DITSA AMBIENTAL SAC, ATP INGENIERIA ECUADOR CIA LTDA, ATP INGENIERIA PERU SAC; como grupo empresarial, compartimos visiones y valores corporativos para hacer de nuestros servicios un modelo de gestión en Calidad, Ambiente, Seguridad y Salud en el Trabajo (CASST).
En El Grupo Empresarial ATP[1] se trabaja de forma efectiva y responsable para mejorar la calidad de vida de las familias de los trabajadores y las comunidades donde operamos al compartir valor. En el proceso de desarrollo del Grupo Empresarial ATP se equilibra la participación y se fortalece las relaciones con los colaboradores, clientes, proveedores, contratistas, autoridades y comunidad en general.
Nuestro firme compromiso con el bienestar de la sociedad presente y futura se refleja en las operaciones a través de la búsqueda del equilibrio entre los tres ejes de la sostenibilidad: desempeño económico, balance medioambiental y compromiso social.
El respeto y protección a los derechos humanos y libertades de todas las personas, es un principio esencial que se defiende en el manifiesto de Derechos Humanos y equidad de género del Grupo Empresarial ATP. Por tanto, el trato hacia compañeros, contratistas y miembros de la comunidad se basa en la dignificación del ser humano, sin discriminaciones basadas en raza, sexo, edad, religión, discapacidades físicas o psicológicas, condiciones socioeconómicas, o inclinaciones ideológicas o políticas.
Actuamos conforme al estado social de derecho, rechazando todas las formas de violencia y declaramos que no existe relación con grupos armados al margen de la ley. El carácter civil de la empresa es reconocido por el derecho internacional humanitario, el cual es la piedra angular de nuestra protección en situaciones de cualquier índole dentro del conflicto armado.
Establecemos disposiciones Anticorrupción y Antisoborno, a través de nuestro Gobierno Corporativo, así como el Código de Ética y Conducta dispuesto para su divulgación y cumplimiento por todos los actores de la actividad económica de la compañía. Rechazamos cualquier forma de corrupción o soborno que comprometa a proveedores, contratistas, subcontratistas y colaboradores, así como a terceros interesados.
Esta política es esencial para nuestra organización, su cumplimiento obligatorio es promovido por las directivas y por tanto estas se comprometen a proporcionar los recursos necesarios para la implementación, divulgación, mantenimiento, revisión periódica y mejoramiento de esta.
Ing. Efraín Pérez Morales
Presidente
Fecha de revisión: 28 de Junio de 2024
[1] El Grupo Empresarial ATP está conformado por las empresas ATP INGENIERIA SAS EN REORGANIZACIÓN, ATP INTEGRIDAD Y CORROSIÓN SAS; PLUS AMBIENTE SAS ESP, DITSA AMBIENTAL SAC, ATP INGENIERIA ECUADOR CIA LTDA, ATP INGENIERIA PERU SAC; como grupo empresarial, compartimos visiones y valores corporativos para hacer de nuestros servicios un modelo de gestión en Calidad, Ambiente, Seguridad y Salud en el Trabajo (CASST).
En El Grupo Empresarial ATP[1], estamos comprometidos con la seguridad vial asociada al transporte terrestre de personas y de carga en todas nuestras operaciones de tal forma que:
· Cumplimos la legislación y normativa actual, programas de gestión de riesgos críticos, factores de desempeño y planes en materia de seguridad vial.
· Respetamos y promovemos el cumplimiento de las normas de tránsito por parte de nuestros colaboradores y contratistas.
· Contamos con colaboradores y contratistas debidamente formados, comprometidos con la vida y seguridad de todos los agentes viales.
· Disponemos de un parque automotor seguro y amigable con el medio ambiente.
· Hacemos uso de herramientas tecnológicas que faciliten el aseguramiento vial.
· Aceptamos y participamos activamente en la implementación de la Política de No Alcohol, Tabaco y Sustancias Psicoactivas.
· Para ello, la organización establece los recursos necesarios para la implementación y mantenimiento del plan estratégico de Seguridad Vial, garantizando el cumplimiento de sus objetivos y mejora continua, así como toda la normatividad vigente aplicables a la seguridad vial. Para cumplir este propósito, la organización establece las siguientes directrices regulatorias:
· Cumplir con la reglamentación establecida en el código Nacional de Tránsito Terrestre según la Ley 769 de 2002 y Ley 1383 de 2010, que se enmarca en principios de seguridad, calidad, la preservación de un ambiente sano y del espacio público.
· Realizar control a los vehículos de los colaboradores que son utilizados para desplazamiento y labores misionales (Itinere) de la organización, estableciendo las medidas de control para evitar la ocurrencia de siniestros que puedan generar daños al individuo o a terceros.
· Todos los colaboradores con rol de conductor de la organización deben evitar conducir bajo condiciones de fatiga, usando se sienta enfermo, bajo la influencia del alcohol, sustancias psicoactivas y de medicamentos que produzcan somnolencia que puedan alterar su capacidad de conducción.
· Detenerse y realizar pausas activas durante su jornada de trabajo, evitar conducir más de 8 horas continuamente, con una jornada máxima extensible hasta 12 horas.
· Se prohíbe fumar mientras se conduce, así como conducir con fatiga y/o bajos los efectos del alcohol y/o sustancias psicoactivas.
· Respetar los límites de velocidad establecidos en la ley a nivel nacional y departamental y de igual forma acatar los límites establecidos en las vías internas de los clientes.
· Se prohíbe la manipulación de teléfonos móviles u otros dispositivos cuando se esté conduciendo vehículos.
· Está prohibido transportar personal externo ajeno a las actividades misionales de la organización en los vehículos de la entidad o subcontratados, sin contar con la autorización de un superior.
· Usar de forma permanente el cinturón de seguridad durante la conducción de vehículos y ser responsable porque cada uno de los ocupantes de este lo usen de forma apropiada y segura.
El cumplimiento de esta política es esencial para nuestro Grupo Empresarial ATP por lo tanto, la Presidencia se compromete a proporcionar los recursos necesarios para la implementación, divulgación, mantenimiento, revisión periódica y mejoramiento de esta. Así mismo, se compromete a comunicar esta Política a los trabajadores directos, indirectos, proveedores y subcontratistas y a garantizar su disponibilidad a clientes y demás partes interesadas.
La Política en Seguridad Vial será revisada, como mínimo cada tres (3) años, socializada y accesible para todos los niveles de la organización.
Ing. Efraín Pérez Morales
Presidente
Fecha de revisión: 1 de Noviembre de 2024
[1] El Grupo Empresarial ATP está conformado por las empresas ATP INGENIERIA SAS EN REORGANIZACIÓN, ATP INTEGRIDAD Y CORROSIÓN SAS; PLUS AMBIENTE SAS ESP, DITSA AMBIENTAL SAC, ATP INGENIERIA ECUADOR CIA LTDA, ATP INGENIERIA PERU SAC; como grupo empresarial poseemos visiones y valores corporativos unificados, para hacer de nuestros servicios un modelo de gestión en Calidad, Ambiente, Seguridad y Salud en el Trabajo (CASST).
ATP INTEGRIDAD Y CORROSIÓN SAS es un Organismos de inspección Tipo C que está involucrado en el diseño, manufactura, suministro, instalación, uso o mantenimiento de los elementos que inspecciona o de similares de la competencia y puede prestar servicios de inspección a otras partes que no sean su organización matriz.
La dirección de ATP INTEGRIDAD Y CORROSIÓN SAS garantiza que el personal está libre de presiones internas y externas, en los ámbitos comerciales, financieros y de otro tipo que puedan disminuir la confianza en su independencia de juicio, imparcialidad e integridad operativa.
Ha establecido como política identificar continuamente los riesgos asociados a su gestión con el fin de mitigar y/o disminuir el impacto generado por los mismos y se compromete a tomar las medidas necesarias para asegurar la independencia e imparcialidad de sus acciones y resultados.
De igual manera, ha establecido las siguientes directrices que garantizan la objetividad en la prestación de sus servicios y total independencia e imparcialidad en los resultados que emite:
La remuneración del personal es independiente del número de inspecciones realizadas.
Todo el personal que realiza inspecciones es vinculado a la organización mediante un contrato legal
El personal que realiza actividades de inspeccion no conoce las especificaciones comerciales, ni interactúa con él aprobador del servicio del cliente al cual pertenece el producto o ítem que Inspecciona.
El único personal que puede entrar en contacto con el cliente pertenece a las áreas de: Gerencia, Área de operaciones (Lider técnico), Dirección Comercial, y CASST y cada área solo debe referirse a la información bajo su responsabilidad.
Se ha definido un código de conducta ética, el cual es divulgado, aceptado y aplicado por cada colaborador.
Se ha definido que el personal encargado de revisar y/o aprobar los informes de inspección realizados en el marco del Sistema de Gestión no puede ser el mismo que realizó la actividad.
El organismo de inspección a través de sus colaboradores y en relación con los compromisos legalmente ejecutables, maneja toda la información obtenida o generada durante la realización de las actividades, o cualquier otra actividad de servicio u obtenida de fuentes distintas al cliente (por ejemplo, una persona que realiza una queja, de autoridades reglamentarias) como información confidencial, excepto que la ley disponga otra cosa o a excepción de la información que el cliente pone a disposición del público, o cuando haya sido acordado entre ATP INTEGRIDAD Y CORROSIÓN SAS y el cliente (por ejemplo, con el fin de responder las quejas), toda otra información es considerada información confidencial.
Identifica y desarrolla un proceso completo en la resolución de quejas, tomando las medidas correctivas necesarias, informando en todo momento al usuario del servicio el estado de su reclamación.
Identifica, analiza y toma las acciones necesarias para que los trabajos no conformes y las no conformidades que surjan sean corregidos a tiempo y se evite su recurrencia.
Cuando ATP INTEGRIDAD Y CORROSIÓN SAS deba por ley divulgar información confidencial o cuando esté autorizado por compromisos contractuales, informará al cliente con antelación, qué información tiene intención de hacer pública; también notificará al cliente o la persona correspondiente acerca de lainformación proporcionada, salvo que esté prohibido por ley.
ATP INTEGRIDAD Y CORROSIÓN SAS se compromete a cumplir los requisitos normativos y legales aplicables, a mantener su condición de Organismo acreditado, a la mejora continua de su Sistema de Gestión, a asegurar la calidad de los resultados, a garantizar que cualquier cambio o nueva actividad es decisión de la Dirección y ha sido planificada, a generar valor y mantener la integridad del sistema de gestión.
Compromiso: Nos identificamos con los objetivos de la organización y los asumimos como objetivos propios, realizando el trabajo con gusto.
Vocación al Servicio: Adoptamos una actitud permanente de colaboración hacia los demás.
Lealtad: Somos fieles a la organización y defendemos lo que creemos y en quienes creemos, buscamos trabajar entre amigos.
Integridad: Contamos con la combinación equilibrada de aptitudes y actitudes lo que nos permite alcanzar el éxito en nuestros proyectos
POLÍTICA CORPORATIVA PARA LA PREVENCIÓN, DETECCIÓN Y SANCIÓN DEL ACOSO SEXUAL Y VIOLENCIA BASADA EN GÉNERO CONTRA LAS MUJERES, HOMBRES Y PERSONAS LGBTIQ+ EN EL ÁMBITO LABORAL
1. Descripción
Teniendo en cuenta que el acoso sexual y la violencia son un factor que vulnera de manera directa la dignidad humana,
afecta la convivencia laboral y genera efectos en la salud mental y física, la confianza y la autoestima de los
colaboradores, del Grupo Empresarial, establece una ruta efectiva para la mitigación del acoso sexual a través de la
socialización de los procedimientos de denuncia y los mecanismos de prevención y control que se encuentran en este
protocolo.
En consecuencia, este protocolo pretende constituirse como una medida preventiva y de control ante posibles casos
de acoso sexual y de violencia basada en género contra las mujeres, hombres y personas LGBTIQ+, por medio de la
divulgación de los lineamientos y procedimientos establecidos al interior del Grupo Empresarial.
2. Objetivos
El objetivo de esta política es garantizar un entorno laboral libre de acoso sexual y violencias, en cumplimiento con las
normativas legales vigentes que buscan prevenir y sancionar el acoso sexual en el contexto laboral.
Esta política protege el derecho fundamental de todos los empleados y demás actores a un ambiente de trabajo seguro
y respetuoso, constituyéndose en un instrumento autónomo y complementario al Reglamento Interno de Trabajo, de
obligatorio cumplimiento para todos los colaboradores del Grupo Empresarial.
3. Alcance
La presente política aplica y es de obligatorio cumplimiento para todos los trabajadores y representantes del Grupo
Empresarial.
Así mismo, en virtud de lo establecido en la Ley Colombiana 2365 de 2024 y la Ley Peruana 27942, esta política
también será aplicable a todos los actores que hacen parte del contexto laboral del Grupo Empresarial,
independientemente de la naturaleza del vínculo, como contratistas, agentes, pasantes, aprendices y proveedores.
La política se aplica en todos los espacios relacionados con las actividades laborales, ya sean físicos o virtuales, así
como durante desplazamientos y eventos vinculados con el Grupo Empresarial.
4. Marco Legal
Legislación Colombiana:
Legislación Peruana:
5. Definiciones
Acoso Sexual: Para efectos de esta política, se define como acoso sexual cualquier acto de persecución, hostigamiento o asedio de carácter o connotación sexual, lasciva o libidinosa, que se manifieste por relaciones de poder, ya sea de manera vertical u horizontal, mediadas por la edad, el sexo, el género, orientación e identidad sexual, la posición laboral, social o económica. Estos actos pueden ocurrir una o varias veces en el contexto laboral, en cualquier modalidad de interacción establecida por la Compañía.
Violencia Basada en Género: Es todo acto de agresión, física o psíquica, basado en la superioridad de un sexo sobre otro, y en todo caso, aquel efectuado contra las mujeres y personas LGBTIQ+.
6. Lineamientos Generales
6.1. Principios Rectores
La presente política se rige por los siguientes principios: pro-persona y pro-víctima, igualdad, justicia restaurativa, debido proceso, imparcialidad, celeridad y confidencialidad, prevención, justicia, equidad de género, libertad y dignidad.
Y para Perú adicionalmente:
Artículo 23.- Los empleadores que tienen implementados sistemas integrados de gestión o cuentan con certificaciones internacionales en seguridad y salud en el trabajo deben verificar que éstas cumplan, como mínimo, con lo señalado en la Ley, el presente Reglamento y demás normas aplicables.
Artículo 24.- El empleador debe implementar mecanismos adecuados, que permitan hacer efectiva la participación activa de los trabajadores y sus organizaciones sindicales en todos los aspectos a que hace referencia el artículo 19 de la Ley.
6.2 Derechos de las Víctimas
Las víctimas de acoso sexual en el lugar de trabajo y/o de violencias basadas en género tienen derecho a:
Ser tratadas con dignidad y respeto.
Mantener la confidencialidad de sus denuncias y datos personales.
Recibir atención integral en salud y apoyo psicológico.
Acceder a mecanismos de justicia y reparación.
Evitar confrontaciones directas con el presunto agresor
Protegerse de posibles retaliaciones por haber interpuesto una queja.
6.3 Derechos de la Persona Investigada
La persona investigada por alguna de estas conductas tiene derecho a:
La presunción de inocencia.
Un proceso imparcial y justo.
Conocer las acusaciones en su contra.
Acceder a toda la información relevante para su defensa dentro de los términos establecidos.
7. Medidas Preventivas y Correctivas de Acoso Sexual y Violencias Basadas en Genero
Para el Grupo Empresarial es muy importante garantizar un ambiente laboral digno y justo, respetando la libertad, intimidad, honra y salud mental de los trabajadores y demás actores, promoviendo la armonía y un buen ambiente laboral.
En consecuencia, se establecen las siguientes medidas preventivas y correctivas del acoso sexual y violencia basada en género.
Rotación o cambio de lugar del/de la presunto/a hostigador/a.
Suspensión temporal del/de la presunto/a hostigador/a.
Rotación o cambio de lugar de la víctima, siempre que haya sido solicitada por ella.
Solicitud al órgano competente para la emisión de una orden de impedimento de acercamiento, proximidad a la víctima o a su entorno familiar, o de entablar algún tipo de comunicación con la víctima.
Otras medidas que busquen proteger y asegurar el bienestar de la víctima. El órgano encargado de dictar las medidas de protección a favor de la víctima también puede dictar determinadas medidas de protección a favor de los/as testigos, siempre que resulten estrictamente necesarias para garantizar su colaboración con la investigación.
8. Mecanismos de Protección
Los trabajadores y demás actores en el contexto laboral que consideren han sido víctima de acoso sexual o de violencia basada en género, están en todo su derecho de denunciar estas conductas a través del Líder de Talento Humano; en el evento de que la denuncia sea en contra del titular de área de Talento Humano esta se debe gestionar con el siguiente superior jerárquico. Para ello, se seguirá el siguiente procedimiento:
8.1. Presentación de Quejas
La denuncia podrá ser presentada a través de cualquier mecanismo electrónico, físico o verbal en el que se establezcan las situaciones de tiempo, modo y lugar en que ocurrieron los hechos. Para este fin, el Grupo Empresarial ha dispuesto en cada compañía los siguientes canales: Correo electrónico corporativo y página WEB y Línea ética.
8.2 Contenido de la Queja
Las quejas deben incluir una descripción detallada de las conductas que presuntamente consolidan acoso sexual y violencia, así como cualquier prueba que lo apoye.
8.3. Recepción de la Queja
La persona designada por el área de Talento Humano para este fin recibirá y revisará la queja presentada por el denunciante de manera respetuosa, empática y en un entorno seguro y confidencial. La información se mantendrá en la más estricta confidencialidad para proteger tanto a la víctima como al acusado.
8.4. Investigación
El área de Talento Humano investigará la queja de manera objetiva y confidencial. Se garantizará el debido proceso, permitiendo que las partes involucradas presenten su versión de los hechos. Se respetarán en todo caso los derechos de presunción de inocencia, la imparcialidad y el de información. El proceso que se seguirá será el establecido por el Reglamento Interno de Trabajo para el caso de procesos disciplinarios.
8.5. Medidas Correctivas
En caso de comprobarse la existencia de una conducta que constituya acoso sexual o de violencia basada en género, el área de Talento Humano tomará las siguientes acciones:
Aplicar las medidas correctivas y disciplinarias establecidas en el Reglamento Interno de Trabajo, incluyendo la posibilidad de terminar el contrato con justa causa.
Brindar apoyo psicológico y acompañamiento a la víctima. Esto podrá hacerse por medio de la ARL.
La Compañía informará a la víctima sobre la opción de presentar una denuncia ante la fiscalía general de la Nación o la Policía, y le brindará la información necesaria para hacerlo. A petición de la víctima, Talento Humano podrá remitir de manera inmediata la queja y denuncia a la autoridad competente, respetando su derecho a la intimidad.
En caso en que la víctima decida no ir a otras instancias legales, deberá firmar un documento en donde manifieste que la compañía le informó sobre la posibilidad de denunciar ante entes legales del Estado, pero no desea hacerlo.
8.6. Seguimiento
Se realizará un seguimiento para garantizar el cumplimiento de las medidas adoptadas y la cesación de la conducta que motivó la queja.
8.7. Documentación
Es fundamental que todo el proceso, desde la denuncia inicial hasta las acciones tomadas, quede debidamente documentado. Esto incluye entrevistas, correos electrónicos, decisiones tomadas y cualquier otro documento relacionado. Ante una denuncia o solicitud de entidades competentes, área de Talento Humano deberá proveer la información que corresponda.
9. Garantias en Caso de Acoso Sexual y/o Violencias
Los trabajadores y demás actores en el contexto laboral que consideren han sido objeto de acoso sexual o actos de violencia basadas en género, gozaran de las siguientes garantías:
Derecho a una protección inmediata, a contar libremente lo sucedido, a la verdad, a ser tratadas con dignidad, a la intimidad, confidencialidad, libertad de expresión, atención integral en salud, el acceso efectivo a la justicia, la reparación, la no repetición, la no revictimización y la no violencia institucional, a la protección frente a eventuales realización y a la no confrontación con su agresor.
Posibilidad de acudir a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) para recibir atención emocional y psicología.
Derecho a solicitar el traslado de área de trabajo, o realizar labores bajo la modalidad de teletrabajo cuando existe riesgo para la víctima.
Derecho a no realizar actividades que impliquen la interacción con la persona investigada por presuntas conductas de acoso laboral o sexual.
Posibilidad de terminar el contrato de prestación de servicios sin que opere ninguna de las sanciones contempladas en el contrato.
Derecho a que no se tomen represalias en su contra que afecten su vinculación laboral o contractual.
Derecho a recibir un trato libre de estereotipos de género, orientación sexual o identidad de género.
10. Obligaciones de Cada Compañía del Grupo Empresarial
Crear y difundir esta política.
Implementar procedimientos para la prevención y manejo de acoso sexual.
Asegurar que se tomen medidas correctivas y disciplinarias adecuadas en caso de conductas que constituyan acoso o violencias basadas en género.
Remitir de manera inmediata la queja y denuncia a la autoridad competente, a petición de la víctima respetando su derecho a la intimidad.
Abstenerse de realizar actos de censura que desconozcan la garantía de las víctimas de visibilizar públicamente los actos de acoso sexual.
Abstenerse de ejecutar actos de revictimización.
Publicar semestralmente el número de quejas tramitadas y sanciones impuestas, en los canales físicos y/o electrónicos que tenga disponible.
11. Obligaciones de los Trabajadores
Los trabajadores y demás actores del Grupo Empresarial tienen las siguientes obligaciones:
Promover un ambiente de convivencia laboral sano, libre de hostigamientos, violencia, acoso o discriminación.
Respetar la dignidad e integridad de todos los trabajadores y de los actores que participan en contexto laboral de la Empresa.
Evitar o abstenerse de realizar cualquier comportamiento de acoso u hostigamiento en cualquiera de sus modalidades.
Reportar inmediatamente al área de Talento Humano del Grupo Empresarial cualquier situación que constituya acoso sexual o violencia basada en género en los términos de la presente política.
El incumplimiento de esta política acarreará sanciones disciplinarias correspondientes a la normatividad legal vigente y lo estipulado en el Reglamento Interno de Trabajo, así como las disposiciones internas, procedimientos, establecidos por cada Compañía del Grupo Empresarial orientados a la conservación de la disciplina y el buen trato laboral.
En el caso de los contratistas, aprendices, proveedores y otros actores que hacen parte del contexto laboral de la Compañía, el incumplimiento a esta política dará lugar a la finalización del vínculo sin lugar al pago de las indemnizaciones o penalidades contempladas en el contrato entre las partes.
12. Modificaciones
Cada compañía del Grupo Empresarial tiene la facultad de modificar, extender, limitar, desmontar o de cualquier otra manera cambiar la presente Política en cualquier momento de acuerdo con las necesidades, sin previo aviso y sin contar con la aprobación de los trabajadores. Lo anterior no implica una desmejora en las condiciones laborales del trabajador.
13. Cumplimiento
La Gerencia de Procesos Corporativos velará por el cumplimiento de la presente política.
14. Revisión y Actualización
Esta política será revisada y actualizada periódicamente para garantizar su efectividad y conformidad con las leyes y mejores prácticas en materia de prevención y manejo del acoso sexual y de violencias basadas en género. Se establece que esta norma es provisional, mientras se expide el plan transversal a cargo del Gobierno Nacional. Asimismo, se entiende que esta política queda incluida en los contratos y en el reglamento interno de la organización.
15. Vigencia
La presente Política Corporativa para la Prevención, Detección y Manejo del Acoso Sexual y las Violencias Basadas en Género entra en vigencia a partir de la fecha de su adopción y publicación oficial y será de obligatorio cumplimiento para todos los trabajadores, contratistas, directivos y demás personas vinculadas laboral o contractualmente al Grupo Empresarial.
Esta política se mantendrá vigente de manera indefinida, sin perjuicio de las actualizaciones, modificaciones o revisiones que cada compañía considere necesarias, las cuales deberán ser formalmente adoptadas mediante acto administrativo y comunicadas de manera oportuna a todos los integrantes del Grupo Empresarial.
1 El Grupo Empresarial ATP está conformado por las empresas ATP INGENIERIA SAS EN REORGANIZACIÓN, ATP INTEGRIDAD Y CORROSIÓN SAS; PLUS AMBIENTE SAS ESP, DITSA AMBIENTAL SAC, ATP INGENIERIA ECUADOR CIA LTDA, ATP INGENIERIA PERU SAC; como grupo empresarial, compartimos visiones y valores corporativos para hacer de nuestros servicios un modelo de gestión en Calidad, Ambiente, Seguridad y Salud en el Trabajo (CASST).
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